BASES CONCURSO
Concurso: Gana un pasaje doble para Volar dentro de Argentina junto a JetSMART.
JETSMART AIRLINES SA (“JetSMART”) ha decidido efectuar un concurso con una modalidad única de participación y premiación, denominado concurso “Gana un pasaje doble para volar por Argentina” (el “Concurso”), el que se regirá por las bases y reglas que se exponen a continuación (las “Bases”):
Modalidad del Concurso:
El concurso, tendrá 1 modalidad de participación a través de la red social Instagram, en la que deberás seguir a @yerbamatecbse y @jetsmart_argentina, darle like a la publicación y etiquetar a otro urusario. En el contexto del concurso podrán ganar 2 pasajes para volar a cualquier destino JetSMART dentro de Argentina, 2 kit materos (bolso, mate, bombilla), 12 paquetes de cbsé hierbas serranas, 6 paquetes de CBSé Mango Picante y 6 paquetes de CBSé Chocolate Dubai.
El llamado es a que todos participen entre el 30/11 hasta 7/11. El sorteo se realizará de forma aleatoria el 7 y se comunicarán los ganadores desde el mismo día, a través de la modalidad elección manual al azar, la plataforma provista por el tercero independiente www.app-sorteos.com, bajo la modalidad “Sorteo por Nombres al Azar”, y/o cualquier otra similar.
Se elegirá a 1 ganador de 2 pasajes, para viajar a cualquier destino JetSMART dentro de Argentina El ganador será notificado desde 7/12 , por Cbsé con la explicación de cómoproceder y gestionar directamente su premio pudiendo ser contactado a través de mensajería en Instagram, DEBEN ENVIAR MENSAJE A [email protected], sus usuarios y contenidos creados podrían ser publicados en los stories de nuestro Instagram Oficial, en cualquier momento cuando CBSÉ lo requiera.
Si el ganador no llegase a responder la primera notificación de su premio en 24 hora desde la notificación de su premio, CBSE se reserva el derecho de escoger o no un reemplazo.
Premio del concurso:
2 pasajes, para viajar a cualquier destino JetSMART dentro de Argentina.
2 kit materos (bombilla, mate, bolso) + 12 paquetes de CBSé Hierbas Serranas de 500 gr + 6 paquetes de CBSé Mango Picante de 250 gr y 6 paquetes de CBSé Chocolate Dubai de 250 gr.
Los pasajes NO INCLUYEN LAS TASAS DE EMBARQUE, bajo las condiciones establecidas en estas Bases y en particular conforme a los siguientes términos (el “Premio”):
Condiciones para concursar:
1. Los participantes podrán concursar válidamente en el “Concurso” que será gestionado por CBSE en su cuenta de Instagram en colaboración con JetSMART Argentina.
2. Para participar del concurso las personas interesadas deberán aceptar las presentes Bases, las que han sido informadas a los participantes en toda la difusión del Concurso, además, de encontrarse debidamente protocolizadas. Para todos los efectos legales, al participar en la publicación del concurso se entenderá como confirmación del Participante de haber aceptado las presentes Bases.
3. Los participantes deberán ser mayores de 18 años de edad, no pudiendo participar en el Concurso los empleados de JetSMART o de sus filiales y compañías relacionadas, aquellas personas que hayan participado directa o indirectamente en el diseño, puesta en marcha y/o cierre del Concurso, ni los parientes de las personas antedichas, hasta el primer grado de afinidad y segundo grado de consanguinidad.
4. La titularidad del Premio entregado bajo el Concurso, o los derechos sobre el mismo, no podrán cederse, transferirse o transmitirse de ningún modo. El premio es personal e intransferible, no puede cambiarse por un valor económico, y no permite cambios. Se prohíbe expresamente la venta de cualquiera de los tickets aéreos comprendidos en el Premio.
5. La responsabilidad de JetSMART en este Concurso, se limita exclusivamente a la realización del Concurso en la forma establecida en estas Bases, y a entregar el Premio conforme a las mismas y la normativa aplicable. En los servicios de transporte aéreo realizados por JetSMART aplicarán las condiciones y límites de responsabilidad de las condiciones generales de transporte de JetSMART y los demás términos del respectivo billete de pasaje;
6. El ganador será el único responsable de la exactitud y veracidad de la información personal propia que le sea requerida por JetSMART en el proceso de registro y emisión de pasajes, liberando a JetSMART de toda responsabilidad por los inconvenientes que pudieren producirse a raíz de la inexactitud y/o falta de veracidad de los datos personales proveídos, inclusive la eventual denegación de embarque que pudiere proceder.
7. El ganador deberá dar cumplimiento estricto a la normativa aeronáutica aplicable, a las instrucciones del comandante, la tripulación y representantes de JetSMART, según sea el caso, debiendo además cumplir los horarios de llegada al aeropuerto de origen y de destino, la obligación de solicitar las reservas con el tiempo y en la forma establecidos por JetSMARTpara la oportuna emisión de los pasajes aéreos, cumplir las horas de embarques, las normas de seguridad, la presentación en forma de los documentos de identidad requeridos, y con los procedimientos definidos para el correcto uso del Premio. El no cumplimiento de dichas obligaciones o procedimientos, podrá implicar la denegación de embarque o la cancelación o modificación del Premio, total o parcialmente, sin derecho a reclamo o indemnización alguna por parte del ganador, sin perjuicio de lo que establezca en tal evento la normativa aplicable.
8. El ganador deberá estar domiciliado y residir en Argentina.
9. La participación en la presente convocatoria supone la aceptación íntegra de las presentes
bases y condiciones.
Santiago, Noviembre de 2025.
Bases y Condiciones Envios Gratis - Dia del Mate
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Envios Gratis Dia de los Enamorados” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Domingo 30 de Noviembre de 2025 a partir de las 00 hs hasta el Domingo 30 de noviembre a las 23:59 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente:
Todas las compras que se realicen en www.tiendacbse.com.ar en el plazo de vigencia antes mencionado y superen un mínimo de compra de $20.000 tendrán envíos gratis a todo la República Argentina.
4. Promoción con obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de web cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Domingo 30 de Noviembre de 2025 a partir de las 00 hs hasta el Domingo 30 de noviembre a las 23:59 hs.
Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
6.. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
7. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
8. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
9.El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
10. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
11.Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
12. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
13. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones Sorteo Mateando + Christian Ledesma
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada Sorteo Mateando + Christian Ledesma (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Domingo 30 de noviembre de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el viernes 5 de diciembre de 2025 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación 2) Seguir a @mateandoyerba y a @christianledesma 3) Etiquetar a dos amigos. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día jueves 4 de diciembre 2025. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día jueves 4 de diciembre de 2025 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el domingo 30 de noviembre de 2025 hasta el 5 de diciembre de 2025 hasta las 17.00 hs.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye: 2 entradas para la fecha de La Plata + 2 kit mateando con 10 packs de yerba cada kit.
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “Sorteo Etiqueta Negra + Wandergreen
1. La presente promoción denominada “Sorteo Etiqueta Negra + Wandergreen” implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. El “Sorteo” tendrá vigencia desde el día 17 de noviembre de 2025 hasta el 25 de noviembre de 2025 a partir de las 18 hrs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en el sorteo, deberán cumplir con la consigna. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1)Seguir a @cbseetiquetanegra y a @wandergreen.arg en instagram 2) Darle like a la publicacion 3) Etiqueta a 3 amigos. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día 25 de noviembre de 2025. La dinámica de este sorteo sólo se puede realizar en la red social “Instagram”.
4. La selección del ganador se realizará a través de una app. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día 25 de noviembre de 2025. El ganador será publicado en las historias de Instagram.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una red social cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en un enlace puesto en la biografía de la red social “Instagram” de yerbamatecbse.cl .
7. Podrán participar del sorteo: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye: 15 paquetes de CBSe Etiqueta Negra + 1 mate CBSe Etiqueta Negra + bombilla + 1 matera Esmeralda de Wandergreen.
10. El nombre de las personas ganadoras será publicado en el perfil de Instagram de cbseetiquetanegra el día mismo del sorteo, y serán contactados mediante un mensaje interno a través de Instagram el día mismo del sorteo. Mediante dicho mensaje, se les comunicará que han resultado ganadores del concurso y se le solicitarán sus datos personales (nombre completo, RUT, teléfono de contacto, dirección y correo electrónico), para efectos de la entrega del Premio. Una vez notificadas, las personas ganadoras deberán contactarse con cbseetiquetanegra dentro de las siguientes 24 horas contadas desde el momento del envío del primer mensaje, luego de lo cual se les indicará la forma de canjear el premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
13. Los usuarios podrán participar tantas veces como deseen sin perjuicio de que en caso de resultar ganadores sólo tendrán derecho a un Premio
14. El ganador autoriza expresamente a CBSé para dar a conocer, difundir y/o publicitar por cualquier medio de comunicación, su identidad, con indicación de su nombre, ciudad o localidad a la que pertenece, y a utilizar su imagen y/o voz con fines comerciales y/o publicitarios, comprometiéndose asimismo a prestar su colaboración para las actividades promocionales y publicitarias que para ello fueren necesarias, sin derecho a compensación alguna, en la forma y medios que CBSé considere convenientes, durante la vigencia del Concurso, y hasta un año después de su finalización.
15. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
16. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
Bases y Condiciones “Sorteo Mateando “
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Sorteo Mateando Aniversario” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Lunes 22 de septiembre de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el Lunes 6 de octubre de 2025 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación 2) Seguir a @mateandoyerba y @enzoaguilarokk 3) Etiqueta a tu amigo y comenta cual es tu momento preferido para estar mateando. Sorteamos el día Lunes 6 de octubre de 2025. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Lunes 6 de octubre de 2025 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Lunes 22 de septiembre de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el Lunes 6 de octubre de 2025 hasta las 17:00 hs.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios.
El obsequio incluye 1 kit matero que incluye: 1 bolso matero, 1 termo Mateando, 1 mate y 1 bombilla + 20 packs de Mateando yerba x 500 gr.
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “Sorteo CBSé Aniversario 47 “
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé Aniversario 47” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Jueves 18 de septiembre de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el Martes 30 de septiembre de 2025 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación 2) Seguir a @yerbamatecbse3) Comentar que crees que puede haber dentro de la mistery. 4) Doble chance si nos seguis en tiktok @yerbamatecbse Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Lunes 29 de septiembre de 2025 que tendrá 5 ganadores. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Martes 30 de septiembre de 2025 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Jueves 18 de septiembre de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el Martes 30 de septiembre de 2025 hasta las 17:00 hs.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios.
El obsequio incluye 1 mistery box de CBSe (productos aleatorios)
5 ganadores.
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “Sorteo CBSé Aniversario 47 - Etiqueta Negra”
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé Aniversario 47 - Etiqueta Negra" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Martes 16 de septiembre de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el Lunes 29 de septiembre de 2025 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación 2) Seguir a @cbseetiquetanegra 3) Comentar con quién te compartirías el premio. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Lunes 29 de septiembre de 2025. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Lunes 29 de septiembre de 2025 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Martes 16 de septiembre de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el Lunes 29 de septiembre de 2025 hasta las 17:00 hs.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 1 mate CBSé + 1 bombilla + 10 Packs CBSé Etiqueta Negra + 1 bolso matero.
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones Promo Aniversario 47
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Aniversario 47 años” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día viernes 12 de septiembre de 2025 a partir de las 00:00hs, hasta el lunes 15 de septiembre de 2025 hasta las 23:59hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción podrán obtener: 15% de descuento en todos los COMBOS DE YERBA de nuestra tienda online comprando en www.tiendacbse.com.ar. Esta promoción no es acumulable con otras promociones.
4. Promoción con obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de web cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el viernes 12 de septiembre de 2025 a partir de las 00:00 hs, hasta el unes 15 de septiembre de 2025 hasta las 23:59hs
5.. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
6.. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
7. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
8. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
9.El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
10. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
11.Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
12. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
13. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “Sorteo CBSé + día de las infancias”
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Sorteo Dia de las Infancias" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día 17 de agosto de 2025 a partir de las 10:00 hs, hasta el viernes 31 de agosto de 2025 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación 2) Seguir a @yerbamatecbse 3) Comentar con un emoji y quién te transmitió el amor por el mate. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día 31 de agosto de 2025. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram y Facebook”
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día viernes 31 de Agosto de 2025 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el 17 de agosto de 2025 a partir de las 7:00 hs, hasta el 31 de Agosto de 2025 hasta las 17:00 hs.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye: 1 Mate CBSe + 1 bombilla CBSé + 10 Packs CBSe Hierbas Serranas.
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones Sorteo CBSé Etiqueta Negra
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada Sorteo CBSé Etiqueta Negra Aniversario 46 (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día viernes 25 de julioo de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el Viernes 1 de agosto de 2025 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación 2) Seguir a @cbseetiquetanegra y a @alemartinezcba 3) Etiquetar con quien te cebas este invierno. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día viernes 1 de agosto de 2025. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día viernes 1 de agosto de 2025 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el viernes 25 de julio de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el viernes 1 de agosto de 2025 hasta las 17:00 hs.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 12 packs de CBSe Etiqueta Negra + tote bag + Mate CBSe Etique negra y bombilla + 1 termo CBSe
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones - Promoción en tienda Mateando y Edul
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “15% DE DESCUENTO MATEANDO y Edul” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día 18 de julio de 2025 a partir de las 00:00hs, hasta el 1 de agosto de 2025 hasta las 23:59hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente:
Todas las compras que se realicen en www.tiendacbse.com.ar utilizando el codigo #MATEANDOYEDUL tendrán un 15% de descuento únicamente en el producto MATEANDO YERBA x 500gr en el plazo de vigencia antes mencionado.
4. Promoción con obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de web cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el … a partir de las 00:00 hs, hasta el … a las 23:59hs
5. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
6.. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
7. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
8. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
9.El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
10. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
11.Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
12. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
13. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “Sorteo CBSé Dia del Amigo”
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé Dia del Amigo” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Domingo 20 de julio de 2025 a partir de las 11:00 hs, hasta el Lunes 28 de julio de 2025 hasta las 18:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1)Darle like a la publicación, 2) seguir a @yerbamatecbse en Instagram, 3) Etiquetar a tu amigo con el que compartirias unos mates. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Lunes 28 de julio de 2025. La dinámica de este sorteo sólo se puede realizar en la red social “Instagram y Facebook”.
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Lunes 28 de julio de 2025 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram y Facebook.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Domingo 20 de julio de 2025 a partir de las 11:00 hs, hasta el Lunes 28 de julio de 2025 hasta las 18:00 hs.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye: 1 kit matero que incluye: Termo CBSe, Bolso matero CBSe, 1 Mate CBSe + bombilla y 4 Packs de CBSe Hierbas Serranas x 500 gr.
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones - Promoción en tienda CBSé
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “15% DE DESCUENTO” . La Promoción implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día 18 de julio de 2025 a partir de las 13.00 hs, hasta el 20 hasta las 23:59hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente:
15% de descuento en productos seleccionados. Los productos son: mate térmico CBSe Felicidad en cada mate, CBSE Hierbas Serranas x 6 unidades de 500gr y Termo CBSe, comprando únicamente en la tienda online, www.tiendacbse.com.ar hasta agotar stock. Promoción no acumulable con otros cupones, promociones o descuentos.
4. Promoción con obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de web cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el 18 de julio de 2025 a partir de las 00:00 hs, hasta el 20 de julio de 2025 a las 23:59hs
5. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
6.. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
7. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
8. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
9.El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
10. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
11.Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
12. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
13. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “Sorteo CBSé Cebados de invierno”
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Sorteo”(en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “ Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. Consistirá en 1 sorteo con un ganador que tendrá vigencia desde el martes 24 de junio hasta el martes 1 de Julio de 2025. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Seguirnos en Instagram @yerbamatecbse 2) Etiquetá a un amigo. 3) Dale like a la publicación. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día martes 1 de Julio a las 18.00 hs.
La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram y Facebook”
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día martes 1 de Julio a las 18.00 hs en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el martes 24 de junio hasta el martes 1 de julio de 2025 a las 18.00 hs
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye:
20 packs de yerba CBSé Hierbas Serranas
1 kit matero que incluye bolso matero CBSé, Bombilla CBSé, Mate CBSé y termo CBSé.
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “Mateando y Pradecon Racing”
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Sorteo Mateando y Pradecon Racing”, (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día sábado 14 de junio de 2025 a partir de las 18:00 hs, hasta el Jueves 20 de junio de 2025 hasta las 11:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Ser seguidor de @mateandoyerba, @pradeconracing y @christianledesma 2) comentá etiquetando a un amigo 3) Darle like a la publicación. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día jueves 20 de junio de 2025. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” .
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día jueves 20 de junio de 2025 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será contactado vía mail dentro de los 2 días corridos.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el sábado 14 de junio de 2025 a partir de las 17:00 hs, hasta el jueves 20 de junio de 2025 hasta las 11:00 hs.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye dos (2) entradas para acceder al Lounge VIP PRADECON RACING en boxes el día 22 de junio en el autódromo Rosamonte de la Ciudad de Posadas, Argentina en el marco de la carrera del campeonato de Turismo Carretera 2025. Este obsequio no incluye traslados hasta la localidad ni el autódromo, ni alojamiento. La entrada es intransferible. Además, el ganador recibirá 2 kit mateando que incluyen: 1 mate mateando, 1 bombilla mateando, 5 paquetes de 500 gr de MATEANDO y una gorra mateando, el cuál será entregado en el autódromo Rosamonte de la ciudad de Posadas el día 22 de junio del 2025.
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “MATEANDO y Gastón Edul”
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Sorteo”(en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “ Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. Consistirá en 1 sorteo con un ganador que tendrá vigencia desde el domingo 15 de Junio hasta el domingo 22 de Junio de 2025. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Seguirnos en Instagram @mateandoyerba y a @gastonedul 2) Etiquetá a ese amigo con el que estás mateando 3) Si compartis el posteo en historias tenes más chances de ganar. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día domingo 22 de junio a las 21.00 hs.
La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día domingo 22 de junio a las 21.00 hs en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @mateandoyerba y @gastonedul
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde domingo 22 de junio hasta el domingo 22 de junio de 2025 a las 21.00 hs
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye:
1 kit matero (1 bolso matero, 1 bombilla, 1 mate y 1 termo MATEANDO) + 20 packs de yerba MATEANDO x 500 gr.
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “La Previa con CBSé”
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “La Previa con CBSé" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “ Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La previa con CBSé consistirá en 2 sorteos con un ganador cada uno que tendrán vigencia los días jueves 5 y martes 10 de junio de 2025 a partir de las 18:00 hs, hasta las 23:59 hs. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Subir una historia de tu previa CBSé La más tomada usando el sticker que aparece en la foto “Foto de tu #PreviaConCBSé” 2)Etiquetar a @yerbamatecbsé. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo los días viernes 6 y miércoles 11 de junio de 2025. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción los días viernes 6 y miércoles 11 de junio de 2025 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el jueves 5 de junio a partir de las 18:00 hs, hasta el martes 10 de junio de 2025 hasta las 23:59 hs.
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye:
4 packs de CBSé Hierbas Serranas x 500 gr + 1 bolsa CBSé
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones “sorteo”
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Sorteo”(en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “ Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. Consistirá en 1 sorteo con un ganador que tendrá vigencia desde el sábado 24 de Mayo hasta el domingo 25 de Mayo de 2025. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Seguirnos en Instagram @mateandoyerba 2) Subir foto con tu muestra o mate. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día domingo 25 de mayo a las 21.00 hs.
La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.
4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día domingo 25 de Mayo a las 21.00 hs en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @mateandoyerba.
5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde sábado 24 de mayo hasta el domingo 25 de mayo de 2025 a las 21.00 hs
6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.
9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye:
1 mate + 1 bombilla + 10 packs de yerba Mateando x 500 gr
10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.
11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.
12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Bases y Condiciones Envios Gratis - Dia de los Enamorados
En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.
1. La presente promoción denominada “Envios Gratis Dia de los Enamorados” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.
2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Viernes 14 de Febrero de 2025 a partir de las 00:00hs, hasta el Sabado 15 de Enero de 2025 hasta las 23:59hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.
3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente:
Todas las compras que se realicen en www.tiendacbse.com.ar en el plazo de vigencia antes mencionado y superen un mínimo de compra de $10.000 tendrán envíos gratis a todo la República Argentina.
4. Promoción con obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de web cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el 14 de febrero de 2025 a partir de las 00:00 hs, hasta el sábado 15 de febrero de 2025 hasta las 23:59hs
5.. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/
6.. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.
7. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
8. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
9.El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
10. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.
11.Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.
12. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
13. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.